Cuándo Te Pagamos — un día fijo, dicho en voz alta, cumplido Esta hoja se llena una sola vez y se le entrega a cada compañía sub que trabaja para ti — junto con el contrato, y a toda cuadrilla nueva antes de su primer trabajo. Pon tu día de pago, tu fecha límite, y el nombre y número real del hombre al que llama si un cheque no cuadra — no "la oficina". Así, cuando un cheque se atrasa, es un hecho que los dos pueden ver, no un pleito. CUÁNDO TE PAGAMOS — el día de pago, y qué tiene que estar listo Para: ____________________________________ (compañía sub) De: ______________________________________ Trabajo / cuadrilla: ____ NUESTRO DÍA DE PAGO ES: ___________________________________________ Cada ______________. No se mueve, y no espera al dueño de la casa, al ajustador, ni a la aseguradora. FECHA LÍMITE: todo lo de abajo tiene que estar en nuestras manos para el ____________ (día) a las ________ (hora), para que te paguen en ese día de pago. Si se te pasa la fecha límite, te toca el siguiente día de pago, no una llamada de emergencia. QUÉ TIENE QUE ESTAR ADENTRO [ ] Tu factura: nombre de la compañía, dirección del trabajo, alcance del trabajo, cuadros, monto [ ] El último punto de revisión pasado y firmado [ ] Cualquier descuento ya hablado y acordado por escrito [ ] Renuncia de gravamen por el monto, si quedamos en eso: _____ [ ] Certificados ya en archivo y vigentes en cada día que estuviste en nuestro techo (se revisan antes de rodar) SI HAY UN DESCUENTO Te llamamos antes del día de pago, no ese mismo día. Primero recibes las fotos y el número por escrito. El resto del dinero igual sale ese día. SI NO PODEMOS PAGARTE ESE DÍA Te llamamos ANTES del día, con una fecha que sí vamos a cumplir. Si no llamamos, es que se nos hizo tarde y es culpa nuestra. ¿ALGO NO CUADRA EN EL CHEQUE? LLAMA A: _____________________________ al ______________________ (un nombre, un número) Te contestamos antes de: ________ Las reglas sobre renuncias de gravamen cambian de estado a estado y según el contrato. Así corremos nosotros un negocio; no es consejo legal. Antes de moverle a la parte legal, pregúntale a tu propio abogado o contador. Es tu negocio y lo que hagas con esto es tu decisión y tu responsabilidad.